viernes, 28 de abril de 2017

IVA. Reintegro a turistas. Nuevo plazo para informar

Las declaraciones juradas informativas correspondientes a los períodos enero y febrero de 2017 podrán presentarse hasta el 15 de mayo del corriente.
Nacionales- Se extendió hasta el 15 de mayo de 2017, inclusive, el plazo para la presentación que deben realizar los ciudadanos comprendidos en el régimen de información obligatorio a cargo de los hoteles, hosterías, pensiones, hospedajes, moteles, campamentos, apart-hoteles y similares, así como las agencias de turismo del país habilitadas por el Ministerio de Turismo, que revistan el carácter de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, por las operaciones sujetas a reintegro.
Esta prórroga es válida para la información correspondiente a los períodos mensuales enero y febrero de 2017, cuyo vencimiento estaba previsto originalmente para el 15 de marzo de 2017.
Las especificaciones técnicas y los diseños de datos exigidos para la presentación se encuentran publicadas en www.afip.gob.ar/fe > Ayuda > Manuales, bajo el título "Régimen Informativo - TURIVA Alojamiento - Especificaciones Técnicas".
La información debe remitirse a la AFIP por alguna de las siguientes modalidades:
•Transferencia electrónica de datos vía el sitio www.afip.gob.ar,
• Intercambio de información mediante "Web Service", denominado "PRESENTACIÓN DE DDJJ - PERFIL CONTRIBUYENTE".
Los datos informados revestirán el carácter de declaración jurada.
Referencia normativa: Resolución General 4029-E

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