miércoles, 13 de diciembre de 2017

Habrá receso administrativo en el mes de enero

La medida se extiende desde el próximo 2 de enero hasta el 31 del primer mes del año. Comprende a todas las áreas de la Administración Central. Se apunta a racionalizar recursos materiales, humanos y energéticos, ante la merma de requerimientos por parte de la ciudadanía durante este período. La medida no afectará los servicios esenciales.
Provinciales- El Gobierno provincial dispuso el receso para la administración pública provincial del 2 al 31 de enero próximo. La medida se fundamenta en que en este periodo se observa una marcada disminución de trámites y gestiones en determinadas áreas del Gobierno Provincial, y menores niveles de actividad y requerimiento de servicios por parte de los ciudadanos.
De este modo, el manejo ordenado de los recursos materiales, humanos y energéticos como también la racionalización del gasto público, hace conveniente disponer el receso del Poder Ejecutivo en el período mencionado, otorgándose la licencia anual ordinaria a los agentes públicos, lo que facilita las tareas de ordenamiento y planificación en el ámbito administrativo y operativo para el año venidero.
Según el decreto 1960, quedarán exceptuados del recesos el Ministerio de Salud (los agentes comprendidos en las leyes N° 7625 y 7233, que presten servicios en centros asistenciales); Secretaría de Gobierno (áreas de Seguridad y gestión de riesgo climático y catástrofe); Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Servicio Penitenciario, áreas de asistencia y resto de áreas y personal que se designe a tal efecto); Secretaría de Transporte (las áreas y el personal que a tal efecto se designe); el Ministerio de Educación (escuelas de ciclo especial de verano); la Dirección General de Rentas; Dirección de Catastro; Policía Fiscal y Registro General de la Propiedad; Fuerza Policial Antinarcotráfico; Policía Ambiental, dependiente del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Público y Secretaría General de la Gobernación (para los agentes asignados al manejo del Plan de Contingencias y Dirección de Jurisdicción de Atención al Ciudadano); ministerio de Trabajo ( las áreas y el personal que a tal efecto se designe); Sistema Único de Atención al Ciudadano de Río Cuarto; Boletín Oficial Electrónico, dependiente de Fiscalía de Estado.
Por otra parte, el decreto establece que cada ministro, secretario o titular de organismo, deberá elaborar un plan de contingencias que asegure la inmediata convocatoria y disposición del personal que resulte necesario a fin de afrontar urgencias eventuales de cada área.
Finalmente, la normativa dispone que durante el receso administrativo declarado, la Dirección de Jurisdicción Atención al Ciudadano de la Secretaría General de la Gobernación, sita en la planta Baja del Centro Cívico de la ciudad de Córdoba, y el Sistema Único de Atención al Ciudadano de la ciudad de Río Cuarto, sito en el Centro Cívico del Bicentenario Sede Río IV, cumplirán la función de Mesas de Entradas para todo trámite o gestión administrativa, redistribuyendo oportunamente lo actuado a cada área respectiva.

No hay comentarios: